Fuentes de Derecho Internacional Público. Actos de Organizaciones Internacionales
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El término fuente hace alusión al procedimiento a través del cual una norma nace, se modifica se extingue. El articulo38 del Estatuto CIJ establece que la Corte, cuya función es decidir conforme al Derecho Internacional las controversias que le sean sometidas, deberá aplicar: las convenciones internacionales generales o particulares, que establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados litigantes; la costumbre internacional como prueba de una práctica generalmente aceptada
como Derecho; los principios generales Derecho reconocidos por las naciones civilizadas y las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintas naciones, como medio auxiliar para la determinación de las reglas de Derecho. La crítica califica a este artículo de anticuado e incompleto. Sobre esta cuestión se reflexiona en este tema. Los actos de las Organizaciones Internacionales tienen el valor jurídico que les reconozca el tratado constitutivo en cada caso.
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Los materiales adjuntados han sido elaborados para su utilización en las clases de Derecho Internacional Público para apoyar las explicaciones y para la consulta de los estudiantes a través de campus virtual, y facilitar el acceso y la disponibilidad de los alumnos de herramientas que faciliten su proceso de aprendizaje en un entorno digital.
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