El principio de legalidad y el valor de la jurisprudencia

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Es habitual sostener que la jurisprudencia no constituye una fuente del Derecho por lo que los cambios jurisprudenciales no se ven afectados por el principio de irretroactividad de las normas desfavorables. Sin embargo, la sentencia del TEDH en el asunto del Río Prada contra España entendió que se había violado este principio porque el cambio jurisprudencial en materia de redención de penas por el trabajo no era previsible. Esta tesis no plantea dificultades cuando, como se sostiene por el TEDH y el common law, se reconoce que la jurisprudencia crea Derecho. Sin embargo, esta idea en principio no encaja en el sistema del Derecho continental, por lo que la fundamentación de la irretroactividad de un cambio jurisprudencial no resulta fácil y, a mi juicio, exige en todo caso pronunciarse sobre el valor de la jurisprudencia.

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