Deberes de información de las entidades financieras.

dc.contributor.authorCorpas Pastor, Luis
dc.date.accessioned2026-02-16T10:08:34Z
dc.date.issued2023
dc.departamentoDerecho Civil, Derecho Eclesiástico Del Estado y Derecho Romano
dc.descriptionRecogida por Victor Bastante Granell, en “Bibliografía sobre Consumo y Derecho. Informe nº 33. Primer trimestre 2024”. https://www.notariosyregistradores.com/web/wp-content/uploads/2024/07/INFORME-DERECHO-Y-CONSUMO-BIBLIOGRAFIA-ENERO-MARZO-2024.pdf https://www.notariosyregistradores.com/web/secciones/consumo-y-derecho/informes-mensuales-cyd/bibliografia-sobre-consumo-y-derecho-informe-no-33-primer-trimestre-2024/
dc.description.abstractLa protección que brinda actualmente el Ordenamiento español, integrando la normativa europea sobre la información precontractual en la contratación de productos financieros y especialmente el control de la existencia de una previa y correcta información al cliente de tales productos se ha visto reforzada por la entrada en vigor el pasado siete de abril, de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, que como ley marco viene a dictar las reglas del juego en este especial tipo de contratos. Sin embargo, en virtud del principio general de irretroactividad de las leyes, a las controversias surgidas en este ámbito específico, le son de aplicación las normas vigentes en el momento de la contratación, por lo que es juicioso recordar la normativa aplicable a los contratos celebrados hasta esa fecha. En este trabajo se extrae la doctrina del Tribunal Supremo sobre los productos financieros de financiación, en particular, la aplicación de la normativa relacionada con la Directiva MiFID y su impacto sobre los contratos de préstamo donde se establecen cláusulas predispuestas por la entidad relativas a productos complejos, en concreto de derivado financiero definidor del precio del préstamo, del que tiene las entidades financieras tienen la obligación de informar al cliente, y cuando esta información precontractual no se ofrece con la claridad exigida por el ordenamiento, esta culpa in contrahendo puede dar lugar a responsabilidad contractual del 1101 CC, como se explica en la reciente STS de 10 de abril.
dc.identifier.citationCorpas Pastor, Luis, “Deberes de información de las entidades financieras”, Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, ISSN 0210-0444, Año nº 99, Nº 798, 2023, págs. 2517-2533. https://rcdi.tirant.com/index.php/rcdi/article/view/17
dc.identifier.issnISSN 0210-0444
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/10630/45468
dc.language.isospa
dc.publisherTirant
dc.rightsAttribution-ShareAlike 4.0 Internationalen
dc.rights.accessRightsopen access
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/
dc.subjectInstituciones financieras
dc.subjectContratos
dc.subject.otherInformación pre-contractual
dc.subject.otherDerivados financieros
dc.subject.otherPréstamo
dc.subject.otherDirectiva MiDI 2
dc.titleDeberes de información de las entidades financieras.
dc.typejournal article
dc.type.hasVersionVoR
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