Entrada en vigor de la norma (Disposición Final vigésima primera).

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El comentario de una disposición final sobre la entrada en vigor de la norma a la que acompaña suele ser una tarea fácil y de rápida factura y ejecución. Si bien es cierto que, aunque en algunas ocasiones exige dar una serie de explicaciones o aclaraciones de su contenido y valoraciones de sus efectos, no entraña mayor complicación. En esta ocasión nos encontramos ante una disposición sobre la entrada en vigor de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria (en adelante, LJV) que, sin aventurarme a calificarla desde un principio, cuestiona la consideración anterior. Sin perjuicio de que expliquemos en los sucesivos apartados el “proceloso” iter de la vacatio legis de la LJV, en esta sección hemos de introducir el tema de la vacatio legis mixta o compleja, diferida, el porqué del alargamiento por lotes de la entrada en vigor de la norma y de su necesidad de hacer depender de la entrada en vigor de otra norma.

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Mayorga Toledano, María Cruz: "Entrada en vigor de la norma (Disposición Final vigésima primera)", Jurisdicción Voluntaria. Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria . Tirant lo Blanch, Valencia, 2022, pp. 2035-2049.

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