Los terceros garantes en los préstamos hipotecarios: deberes de información y de evaluación de la solvencia.
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Aranzadi
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El alto nivel de protección que las normas europeas y españolas reguladoras de los préstamos y créditos hipotecarios tratan de dispensar al consumidor o usuario debe extenderse también a los terceros garantes, personales o reales, que pueden intervenir en dichos contratos. En este ámbito deben exigirse dos deberes principales a los prestamistas: el deber de proporcionar información precontractual y contractual y el deber de evaluar la solvencia, como parte importante de un deber de prestar responsablemente (garantías responsables) y como una medida de protección frente al sobreendeudamiento del consumidor.
De cara a la futura transposición de la Directiva 2014/17/UE, de 4 de febrero, es especialmente importante que el legislador español imponga al prestamista la obligación de evaluar la solvencia de los garantes personales y establezca con claridad las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento
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Aporta autorización de la editorial.
Bibliographic citation
Gálvez Criado, A., "Los terceros garantes en los préstamos hipotecarios: deberes de información y de evaluación de la solvencia", Revista de Derecho Bancario y Bursátil, n.º 144, 2016, pp. 15-52.









