Una breve reflexión sobre la justicia penal extraterritorial a propósito de Julio Iglesias
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El pasado 13 de enero de 2026 la Audiencia Nacional abrió diligencias contra Julio José Iglesias de la Cueva tras una denuncia relativa a episodios de violencia, trabajo forzado y "servidumbre". La Audiencia Nacional se encuentra regulada en los artículos 62 a 69 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (L.O.P.J.). En principio, el orden penal se articula primordialmente en virtud del principio de territorialidad consagrado en el artículo 23.1 de la L.O.P.J. Aunque puede plantearse el ejercicio jurisdiccional de nuestros tribunales sobre hechos ocurridos fuera de nuestras fronteras es necesaria una reflexión adecuada sobre la cuestión.
Indudablemente la estrategia procesal de acudir a la Audiencia Nacional con información que mezcla en un cóctel unos actos susceptibles de calificarse como agresión sexual o, al menos, violencia contra la mujer, una supuesta trama de trata de personas y un personaje famoso tiene la atención mediática asegurada
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Publicado en: https://aquiescencia.net/2026/03/25/sobre-la-justicia-penal-extraterritorial-en-el-caso-de-julio-iglesias/.
Sobre la justicia penal extraterritorial en el caso de Julio Iglesias marzo 25, 2026
Por Esperanza Márquez Chamizo – Universidad de Málaga.
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