La inaplazable reforma del IIVTNU tras su declarada inconstitucionalidad.
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Aranzadi
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La Sentencia del Tribunal Constitucional de 16 de febrero de 2017 ha venido a poner de manifiesto una realidad ya advertida por la gran mayoría de la doctrina y por la jurisprudencia más reciente: la inconstitucionalidad de la redacción actual de la normativa del IIVTNU. La misma contraviene el principio de capacidad económica en aquellos supuestos en los que no existe incremento del valor del terreno de naturaleza urbana, sino disminución de tal valor. La inconstitucionalidad no se predica del IIVTNU en sí, sino solamente de aquellos casos en los que no hay incremento del valor de los terrenos, ni siquiera de forma potencial. La reforma de la regulación estatal no puede hacerse esperar, pues la vulneración de los principios de justicia tributaria cuando no hay un incremento gravable es más que evidente.
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Se adjunta documento acreditativo de la editorial.
Bibliographic citation
Soto Moya, M.M.: "La inaplazable reforma del IIVTNU tras su declarada inconstitucionalidad", Quincena Fiscal, Nº 11, 2017.









