Código de Conducta para el Fomento de la Equidad y la Transparencia en el Sector Hotelero en España.

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El objetivo principal del presente código de conducta (CDC) consiste en concretar las principales obligaciones de información, transparencia y equidad que la normativa europea impone a los prestadores de servicios de intermediación en línea (plataformas en línea) respecto a los establecimientos hoteleros como usuarios profesionales de los mismos. Como es conocido, dichas obligaciones se recogen básicamente en el Reglamento 2019/1150/UE, de 20 de junio (en adelante RPUP). Sin embargo y con posterioridad, dichas obligaciones de transparencia y equidad han sido reforzadas de una forma muy importante por los llamados Reglamentos de Servicios Digitales (RSD) y de Mercados Digitales (RMD), aunque con ámbitos de aplicación y objetivos diferentes a los del RPUP. Estas nuevas y extensas normas han añadido una importante complejidad al sistema jurídico que puede dificultar su comprensión y el cumplimiento de sus obligaciones de equidad y transparencia por parte de los distintos operadores jurídicos. Por ello, el presente CDC se ha marcado también como objetivo la clarificación y concreción de tales obligaciones, para contribuir a la aplicación correcta de estas normas. A efectos prácticos, en la redacción del CDC se ha seguido básicamente el esquema y la regulación establecida en el RPUP, pero se han ido incorporando en cada epígrafe concreto las previsiones de estas otras normas. Se ha pretendido que el resultado final respondiera de la forma más completa posible a las exigencias de transparencia y equidad del Derecho comunitario a las plataformas en línea en su labor de intermediación en el sector hotelero en España. La idea es que cumplir el CDC suponga cumplir las principales obligaciones de transparencia y equidad impuestas por la normativa europea a las plataformas en línea en su labor de intermediación con los establecimientos hoteleros. En conclusión, el resultado que se presenta es un Código de Conducta claramente normativo; sus disposiciones no son recomendaciones o normas meramente sociales o éticas, sino que se trata de normas de obligado cumplimiento que vinculan a los adherentes y que deben ser cumplidas. El fundamento de esta obligatoriedad del CDC descansa en el principio de la autonomía de la voluntad de las plataformas en línea y de los establecimientos hoteleros libremente adheridos, todo ello sin perjuicio de que la mayoría de obligaciones asumidas sean también obligaciones legales.

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Aporta autorización de la editorial para el depósito en RIUMA.

Bibliographic citation

Gálvez Criado, A. y Otros, "Código de Conducta para el Fomento de la Equidad y la Transparencia en el Sector Hotelero en España" en K. J. Albiez-Dohrmann/ J. A. Castillo Parrilla (dirs.), Equidad y transparencia en plataformas de alojamiento hotelero en España, Atelier, Barcelona, 2024, pp. 449-529.

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