La nueva oficina judicial en España.

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Rubinzal Culzoni

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La regulación de la Nueva Oficina Judicial en España se estableció en el año 2003 con el objetivo principal de coadyuvar a la mejora de la eficiencia de la Administración de Justicia, en este caso, superando el modelo decimonónico de juzgados autónomos formados por un juez, un letrado de la Administración de Justicia y un grupo de funcionarios. Entre las reformas procesales relacionadas con la Nueva Oficina Judicial destaca la creación de las unidades procesales de apoyo directo, de los servicios comunes procesales y de las unidades administrativas, así como la atribución a los letrados de la Administración de Justicia de nuevas funciones. El esfuerzo legislativo ha sido encomiable; sin embargo, no ha ido acompañado de una dotación presupuestaria adecuada para implantar la Nueva Oficina Judicial en toda su dimensión, estructural y territorial. Aun más, cuando los operadores jurídicos están acostumbrándose a este nuevo sistema, ya se anuncia un nuevo modelo de Oficina Judicial adecuado a la pretendida implantación de los tribunales de instancia.

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Pérez Tortosa, F. (2023). La nueva oficina judicial en España. Revista de Derecho Procesal, 1, 157–180.

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