La configuración jurídica del derecho a la ciudad. Principios de una teoría crítica de lo urbano.

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2024-01-26

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La situación caótica y antisocial que el desarrollismo urbanístico propicia, agudizada por la acumulación de capital financiero en el sector inmobiliario, que ha hecho tambalear los cimientos del sistema económico mundial, atrajo nuestro interés por investigar la posibilidad de evitar su réplica o, al menos, atenuar sus efectos. Convencidos de que la respuesta a tan arraigada y compleja dinámica no podría provenir exclusivamente de la ciencia jurídica, nos hemos acercado al debate suscitado en la geografía y sociología crítica sobre la materia con la finalidad de abrir un diálogo interdisciplinar, que nos ha permitido obtener una base teórica preliminar a través de la cual identificar la génesis del problema formulado. Con este objetivo acudimos al concepto del “derecho a la ciudad” enunciado por primera vez por el filósofo y profesor de sociología francés Henri Lefebvre en los años sesenta que, olvidado durante varias décadas, ha retomado una fuerza expansiva, sobre todo desde las aportaciones realizadas por el geógrafo David Harvey, siendo uno de los ejes fundamentales en el debate crítico sobre el proceso urbanizador globalizado que viene sufriendo el planeta. El derecho a la ciudad no deja de ser por ahora un concepto metajurídico aunque ya se han dado pasos muy intensos en su formulación y normativización, como puede ser la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, e incluso la elaboración de teorías normativas en los Estados Unidos de América. También ha sido objeto de múltiples interpretaciones, no todas respetuosas con la sustantividad propia de su primera formulación; aunque afortunadamente se ha despertado un interés real desde la ciencia jurídica por analizar su contenido y naturaleza, lo que, sin duda, ha facilitado y alimentado nuestro proceso de estudio sobre la cuestión.

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