RT Journal Article T1 El debate entre el positivismo metodológico de H.L.A Hart y el iusnaturalismo de Ronald Dworkin y su reflejo en el Derecho civil español. La justicia relacional en la encrucijada. A1 De-Torres-Perea, José Manuel K1 Derecho - Filosofía AB Ronald Dworkin y H.L.A. Hart han mantenido un debate sobre losfundamentos del Derecho que ha perdurado y, medio siglo después de su inicio,aún sigue abierto entre sus seguidores. Por una lado, se proclama la suficiencia delderecho normado, por otro la necesidad de que se justifique en principios superiores.Este debate resulta de especial interés en la era del relativismo, en la que elser humano busca respuestas a la preguntas que fundamentan su civilización. Enel Derecho español, y muy especialmente en el Derecho Civil, simultáneamente seha desarrollado una controversia paralela entre dos formas distintas de entender el Derecho, una fundada en la sacrosanta seguridad jurídica y otra en la supremacía dela justicia a través de cláusulas generales. Es también un debate abierto, si bien tantoen el ámbito del Common Law, como en el Derecho español prima el positivismo y laseguridad jurídica sobre la noción de justicia. Ante la imposibilidad de cerrar estosdebates, termina este trabajo con una propuesta para buscar vías alternativas quepuedan guiar la aplicación del Derecho en el camino hacia la justicia. PB Universidad de Cádiz YR 2023 FD 2023 LK https://hdl.handle.net/10630/34893 UL https://hdl.handle.net/10630/34893 LA spa NO DE TORRES PEREA, José Manuel, “El debate entre el positivismo metodológico de H.L.A Hart y el iusnaturalismo de Ronald Dworkin y su reflejo en el Derecho civil español. La justicia relacional en la encrucijada”, Revista de Estudios Jurídicos y Criminológicos, n.º 8, Universidad de Cádiz, 2023, pp. 113-144, DOI: https://doi.org/10.25267/REJUCRIM.2023.i8.05 NO El debate sobre el fundamento del Derecho y su conexión con la justicia que se hadesarrollado durante buena parte del siglo XX y parte del XXI entre Ronald Dworkiny H.L.A. Hart sigue vivo entre sus seguidores, sin que se vislumbren visos de entendimientoentre unas y otras posturas. Igualmente en el Derecho español se produceun debate paralelo que tiene como telón de fondo la aplicación del principio de labuena fe como cláusula general y la posible neutralización de la aplicación de la leycuando no sea conforme a la buena fe.No obstante, desde el Derecho privado se aprecia una clara vocación a favor delpositivismo y la seguridad jurídica que encarna, por más que ello pudiera implicarla sustitución de la justicia por la norma. Esta tendencia es obligada una vez que elDerecho natural racional ha sucumbido ante los envites del postmodernismo y elrelativismo que le acompaña. Estamos en una época en el que el hombre sabe quedesconoce las respuestas a las preguntas fundamentales que dan sentido a nuestrasociedad, y ello desmorona los sólidos muros con los que el Derecho fue construidoy alimentado durante dos milenios. Seguimos esperando a Godot y su iluminación,una iluminación que nos permita encontrar una fórmula que acerque la aplicacióndel Derecho a la Justicia sin caer en la arbitrariedad de la falta de seguridad jurídica.Quizá la mejor fórmula sea superar debates infructuosos y centrarse en las relacioneshumanas, su regulación y el procedimiento para construirlas y resolver sus conflictos.Desde este enfoque se aprecia que los mecanismos de ADR son útiles parallegar a soluciones duraderas y satisfactorias para las partes, lo cual es un resultadoque se acerca a lo justo. Es por tanto en el procedimiento donde podemos encontrarla justicia, siendo la propuesta que se realiza desde los planteamientos de la justiciarelacional una de las más coherentes que hoy encontramos a la hora de dar unarespuesta a la necesidad de aunar lo normativo con la justicia. DS RIUMA. Repositorio Institucional de la Universidad de Málaga RD 19 ene 2026