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    Las Cortes Constituyentes de 1931

    • Autor
      Leandro, Álvarez Rey
    • Fecha
      2015-12-04
    • Palabras clave
      España -- Historia; España. Cortes
    • Resumen
      El 14 de abril de 1931, después de siete años de régimen de dictadura, fracasada la solución Primo de Rivera y la pretendida vuelta a la normalidad constitucional preconizada por los gobiernos del general Berenguer y del almirante Aznar, la Monarquía de Alfonso XIII dejó de existir. Unas semanas después, en pleno proceso de instauración del nuevo régimen democrático, se convocaban las primeras elecciones de Diputados a Cortes de la Segunda República, celebradas en su primera vuelta el 28 de junio de 1931. Convocadas con el carácter de constituyentes, el primer parlamento republicano se configuró a partir de un conjunto de fuerzas políticas y sociales que iban a constituir, a partir de 1931, lo que podríamos llamar el sistema de partidos de la Segunda República. Si bien y como todo sistema de partidos democrático, las características y el funcionamiento del republicano no obedeció a un modelo cerrado, sino que fue más bien un sistema abierto, plural y dinámico, en el que las escisiones, los reagrupamientos o las extinciones fueron bastante frecuentes y normales. Fue ese parlamento quien, sostenido por las fuerzas que habían dado vida a la conjunción republicano-socialista, triunfadora en las elecciones (PSOE, radical-socialistas, nacionalistas catalanes y radicales de Lerroux, más otros grupos del centro-derecha republicano) abordó la tarea de elaborar una nueva constitución, aprobada finalmente en diciembre de 1931. Contra lo que pudiera pensarse y frente a esa afirmación tan extendida de que la Segunda República fue “una República sin republicanos...”, lo cierto es que fueron este conjunto de partidos quienes sumaron más apoyos en todas las elecciones disputadas en España entre 1931 y 1936. En las Constituyentes los republicanos obtuvieron casi trescientos Diputados, de un parlamento compuesto por 470 escaños. Pero su excesiva atomización y su alineamiento en posiciones políticas e ideológicas muy enfrentadas iban a impedirles llevar a cabo una acción concertada y en común, tal y como quedó de manifiesto en el desarrollo de los propios debates constitucionales, cuyo análisis es el objeto principal de esta intervención.
    • URI
      http://hdl.handle.net/10630/10784
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    REPOSITORIO INSTITUCIONAL UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
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