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    Aspectos polémicos de la reforma del Código penal de 2015

    • Autor
      Diaz García y Conlledo, Miguel
    • Fecha
      2016-01-19
    • Palabras clave
      Derecho penal
    • Resumen
      La ponencia intenta una exposición, necesariamente somera, de las principales reformas introducidas en el Código Penal (CP) por las LO 1/2015 y 2/2015, ambas de 30 de marzo, en vigor desde el 1 de julio de 2015, así como una valoración de ellas. Se explica que, con excepciones, la tendencia general de las reformas (al igual que las de otras anteriores, pero quizá de modo especial en esta) es el endurecimiento punitivo, mediante la introducción de nuevos tipos penales y la agravación de penas. La valoración al respecto es crítica, pues ninguna de las fundamentaciones que estas reformas aducen (y que, en realidad, se repiten como “mantras” en las sucesivas y excesivas reformas del CP, y son más bien excusas, con las correspondientes excepciones de supuestos justificados) no alcanzan para justificar reformas de tan amplio alcance: los compromisos internacionales, especialmente europeos, no llegan tan lejos, se cumplen con tanto celo por el legislador español que las reformas superan lo exigido por esos compromisos y, además, se plasman a menudo con incorrecciones técnicas; las nuevas necesidades sociales no son por lo general fácilmente constatables y no parece que puedan ser tantas como para justificar unas reformas tan amplias, menos aún poco tiempo después de otras reformas en que se apelaba también a ella (las cifras de delincuencia en España, que presentan al país como especialmente seguro, hacen aún menos plausible esta justificación y el constante endurecimiento punitivo); la corrección de defectos técnicos y mejor coordinación y coherencia del CP no se reflejan desde luego en las reformas, que apenas corrigen defectos ampliamente denunciados y suelen introducir otros nuevos. Por fin, aunque la apelación a las víctimas, también frecuente, no aparece destacadamente en estas últimas reformas, cabe decir que, si bien la atención a las víctimas es importante en diferentes ámbitos, estas no deben en absoluto dictar la política criminal de un país. A continuación se repasan y valoran las principales novedades de la reforma de la Parte general del CP y se valoran (casi siempre negativamente): la supresión (no material) de las faltas, la introducción de la categoría de los delitos leves, el sistema de penas, con especial énfasis en la nueva pena de prisión permanente revisable y el nuevo régimen de suspensión, sustitución y libertad condicional, ahora todas formas de suspensión de la pena privativa de libertad, las novedades en materia de la llamada responsabilidad penal de personas jurídicas (sobre todo referentes a los programas de cumplimiento), el nuevo régimen de comiso o decomiso (consecuencia accesoria) y otras cuestiones (“reincidencia europea”, agravante de discriminación por género, imprudencia menos grave, ampliación de la proposición para delinquir, plazos de prescripción y de cancelación de antecedentes penales, etc.). En cuanto a las novedades en la Parte especial, aunque se mencionan todos los grupos de delitos en que hay modificaciones (casi todos los del CP), se seleccionan algunos para su valoración crítica, en especial los delitos contra la vida, los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, los delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico, los delitos relacionados con la corrupción y los delitos contra el orden público y de terrorismo.
    • URI
      http://hdl.handle.net/10630/10893
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    REPOSITORIO INSTITUCIONAL UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
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