El aporte que se pretende dar a la mesa redonda referida a “La tensión entre el
derecho a no ser discriminado y otros derechos fundamentales” radica en el
estudio de los titulares del bien jurídico protegido en los delitos de odio y en los
delitos de discurso de odio.
El motivo por el que se lleva a cabo un análisis diferenciado es que, si bien en
los delitos de odio existe un consenso generalizado en identificarlos con la
categoría de los delitos antidiscriminatorios, previstos ampliamente en el
Código Penal de 1995, no ocurre así con los delitos de discurso de odio.
De este modo, en primer lugar, se tratará de delimitar a los colectivos
protegidos en los delitos antidiscriminatorios, mediante el análisis del catálogo
de circunstancias sospechosas de discriminación que se contempla en los
distintos preceptos.
A continuación, nos detendremos en la problemática específica de los delitos
de discurso de odio, auspiciada en cierta medida por el Tribunal Constitucional.