Ética, deontología, responsabilidad y libertad en traducción jurídica. Reflexiones a
partir de un estudio de caso: la denuncia por violación
Barceló Martínez, Tanagua, Universidad de Málaga, Málaga, España
La traducción debe concebirse, ante todo, como un acto de responsabilidad. Esta
responsabilidad ha de entenderse y aplicarse a distintos niveles. Al margen de los aspectos
deontológicos “propios” de la actividad traductora, creemos que aspectos como la ética,
la responsabilidad y la libertad, cuando estos se derivan de la condición, las creencias, las
convicciones y la experiencia personal del que traduce, pueden influir notablemente en
las decisiones de traducción. En el ámbito jurídico, el problema surge cuando algunas de
estas decisiones no dependen de verdaderas imposiciones externas sino de la libertad y la
elección personal del traductor para elegir uno u otro término, una u una forma de
expresar una idea y que, en función de las palabras que se empleen, pueden beneficiar o
perjudicar a alguna de las partes inmersas en un proceso jurídico-judicial. En este
contexto, nos preguntamos, además, si el sexo del que traduce puede influir y, en ese
caso, cómo, en el proceso. Es decir, ¿debemos asumir que una mujer se “posicionará”
siempre del lado de la víctima en cuestiones de violencia de género? Y, en ese caso,
¿influye ese posicionamiento en su elección de posibles equivalentes? Por los aspectos
evocados, nuestro objetivo es analizar hasta qué punto podría influir todo lo expuesto en
la traducción de una denuncia por violación del francés al español. Para ello, intentaremos
mostrar hasta qué punto la traducción podría variar en función del posicionamiento que
se adopte al traducir.