Personas con discapacidad intelectual y mediación: especial referencia a la mediación electrónica
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La mediación es un sistema de resolución de controversias que, necesariamente, requiere la igualdad entre las partes. Cuando una de las partes del conflicto jurídico es una persona con discapacidad intelectual deben adoptarse una serie de decisiones para las que el mediador puede no estar completamente formado. Por un lado, puede ser problemática la decisión acerca de si esa persona tiene la capacidad suficiente para mediar. A este respecto, se propone que sea un perito psicológico quien tome esa decisión. Por otro lado, se deben articular una serie de adaptaciones en el lenguaje y en el léxico utilizado, así como del propio procedimiento, haciéndose necesaria la participación del facilitador, especialmente en la mediación electrónica.









