La naturaleza jurídica de la normativa relativa al Registro Central de Delincuentes Sexuales es controvertida. Hay autores que han afirmado que estamos ante verdadero Derecho penal despojado de sus garantías mientras que la jurisprudencia y el legislador español le han negado este carácter tanto al registro como a la inhabilitación para el ejercicio de profesiones con menores que dicha inscripción lleva aparejada. El tema es de suma trascendencia, pues de la naturaleza jurídica se derivan los derechos y garantías que debe llevar aparejada una institución. Así, si afirmamos el carácter penal o, al menos, sancionador de todo o parte de la regulación esta deberá respetar principios como el de legalidad o proporcionalidad. El presente trabajo va destinado a dilucidar esta cuestión a la luz de la jurisprudencia del TEDH.