El último de los informes emitidos por el Instituto Nacional de Estadística pone de manifiesto que, a fecha de enero de 2022, de los cinco millones y medio de extranjeros residentes en nuestro país, casi ochocientos mil proceden de Marruecos, quedando sin computar los procedentes del resto de países que configura la realidad amparada bajo el término Magreb y que, conforme a la definición dada por la Real Academia de la Lengua Española, abarca, además, Argelia, Túnez, Libia, Mauritania y el Sáhara; configurando los tres últimos una versión muy ampliada de la noción tradicional.
Sea por sí solas, o también acompañadas por las implicaciones económicas que conlleva reflexionar sobre prestaciones sociales, las cifras arriba aludidas permitirían justificar la trascendencia de dedicar nuestro estudio a aquellas prestaciones cuando los beneficiarios son ciudadanos magrebíes; sin embargo, todo queda reforzado cuando esa investigación se realiza en el contexto de una Jornada que, como esta, auspicia la convergencia de análisis centrados en continuar la senda de tender puentes entre ordenamientos jurídicos que permitan el diálogo nacional y supranacional entre los sistemas de seguridad social, entendidos estos, también por la OIT, como mecanismos garantistas esenciales para construir un futuro mejor y más humano .