El presente estudio tiene por objeto realizar un análisis exhaustivo de la calificación que merece el despido de un trabajador en situación de incapacidad temporal. Durante estos últimos años se han sucedido numerosas resoluciones judiciales sobre esta materia que han considerado que un despido de este tipo no se considera nulo, sino improcedente. Sin embargo, el TJUE ha suscitado la duda recientemente y ha concluido en uno de sus pronunciamientos que el despido de un trabajador que se encuentra en situación de incapacidad temporal puede ser considerado discriminatorio y, por tanto, nulo si la limitación de la capacidad del trabajador se califica como «duradera» y se configura como integrante del concepto de discapacidad a efectos de la Directiva 2000/78 de 27 de noviembre de 2000. En este trabajo no solo se examinarán las circunstancias en las que el TJUE permite equiparar la situación de incapacidad temporal a la situación de discapacidad, sino que también se medirá la acogida de la doctrina comunitaria por la doctrina judicial española.