A pesar de que han pasado muchos años desde la incorporación a los códigos penales de delitos que protegen bienes jurídicos colectivos, existen ciertos problemas asociados a su protección que parecen no haber sido correctamente resueltos por la doctrina. La formulación del objeto de tutela aludiendo a realidades demasiado vagas y abstractas como la confianza en el buen funcionamiento de una institución, el abuso de estructuras de peligro abstracto, el recurso a teorías como la de los bienes jurídicos intermedios o el pensamiento de la acumulación para identificar unidades lesionables, son algunos de ellos. Este tipo de problemas pone en riesgo el propio concepto de bien jurídico y da argumentos a aquellos que consideran que la expansión del Derecho penal viene de la mano de intereses de titularidad colectiva. Sin embargo, estas cuestiones pueden ser solucionadas mediante una adecuada concepción del bien jurídico protegido y de su lesión. Para exponer adecuadamente la problemática y su solución se recurrirá al ejemplo clásico de los delitos contra la Administración pública.