El phishing es una modalidad delictiva compleja que consta de tres fases. En la última de ellas un sujeto, denominado mulero, recibe en su cuenta corriente una gran cantidad de dinero proveniente de transferencias no consentidas que después hace llegar al estafador a través de sistemas de envío de divisas como MoneyGram o Western Union tras descontar un pequeño porcentaje del total. Esta conducta plantea diversos problemas dogmáticos que han dado lugar a numerosas y confusas sentencias, produciendo una gran desigualdad en las respuestas jurídicas ofrecidas. Uno de los principales problemas es el de cómo calificar la conducta del mulero (estafa informática, blanqueo de capitales, receptación, etc.,) y cómo calificar su intervención (autoría o participación). No obstante, el principal inconveniente surge en torno al tipo subjetivo, concretamente en relación a qué grado de conocimiento tiene el sujeto sobre el entramado defraudador. En este sentido, para afirmar el dolo un elevado número de sentencias se acude a la peligrosa teoría de la ignorancia deliberada, que está sirviendo para calificar como dolosos comportamientos que dudosamente lo son. En las próximas líneas voy a analizar los principales problemas que se plantean en torno al mulero, especialmente en lo que respecta este último aspecto.