Con la entrada de nuestro país en la Unión Europea, la sujeción al ordenamiento jurídico
supranacional conlleva la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de una serie de Directivas
en materia de prevención de riesgos laborales que suponen un antes y un después en relación a
esta importante materia. De tal forma que la aprobación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
prevención de Riesgos Laborales (en adelante LPRL) conlleva un gran avance en nuestro país que
será secundado por la aprobación de una ingente cantidad de normas reglamentarias (puesto que
la LPRL se con5gura como una norma de mínimos) que conformarán, con los años, un extenso y
detallado corpus normativo en materia de prevención de riesgos laborales.