El trabajo analiza el creciente protagonismo que desde nuestro ordenamiento jurídico se viene otorgando al suelo rústico, particularizado en la planificación del mismo. Esta cuestión se pone de manifiesto de manera singular en Extremadura con
la inclusión de una figura novedosa en su marco legislativo en la materia: los Planes de Suelo Rústico. En este contexto, concurren dos cuestiones de particular interés que justifica el mismo. En primer lugar, la novedad que representa la incorporación
de nuevas escalas en la planificación territorial como medio para el desarrollo de los instrumentos de planificación territorial, de manera análoga a lo que tiene lugar en el planeamiento urbanístico, objeto principal de esta figura. En segundo lugar, la
singularidad del instrumento en tanto se está ante una nueva figura que se encuentra «a caballo» entre el planeamiento urbanístico y la planificación territorial.