Este artículo analiza los novedosos conceptos de «comunidades de energías renovables» y de «comunidades ciudadanas de energía» que se recogen en las Directivas 2018/2001 sobre fomento del uso de la energía procedente de fuentes renovables, y 2019/944 sobre normas comunes del mercado interior de
la electricidad, respectivamente. Nuestro objetivo es determinar la naturaleza jurídica de estas entidades jurídicas, partiendo de la premisa de que en las mismas participe un ente local; y a la vez, clarificar el régimen jurídico de las actividades que pueden desarrollar. Por último, proponemos su intervención en el ámbito dela rehabilitación y renovación urbanas.
En definitiva, se trata de un estudio propositivo de lege ferenda sobre unas entidades que carecen de marco normativo a nivel interno, pero que España debe aprobar en un futuro inmediato.