El artículo 26.f del al RD 1036-2017, de 15 de diciembre, pretendió introducir el régimen de la protección del honor, la intimidad y los datos por vía de la remisión legislativa. La deficiente formula merecía un estudio en profundidad que, tomando como referencia la remisión, pusiera de relieve las obligaciones de los operadores públicos y privados de drones.