En este trabajo pretendemos valorar los cambios normativos realizados tras la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 y su posterior ratificación por el Estado español el 30 de marzo de 2007. Esta ratificación se ha materializado con la aprobación de la Ley 8/2021 de 2 de junio, por la que se Reforma la Legislación civil y procesal para el Apoyo a las Personas con Discapacidad en el ejercicio de su Capacidad Jurídica. Hemos de advertir que no son pocas las variaciones que esta norma introduce en el Derecho civil, pero entre otros muchos principios recogidos en la Convención relacionados con las personas mayores con discapacidad o menores de edad, resaltaremos la idea que actúa como máxima suprema, dispuesta ya como tal en la mención literal de la ley, en su articulado y en su denominación normativa, esto es, el reconocimiento del ejercicio de su capacidad jurídica, con el pleno reconocimiento de su autonomía en la toma de decisiones y en el ejercicio de su capacidad jurídica. Nos centramos en este trabajo en concreto en los cambios normativos referidos a la minoridad y con ello, los cambios en instituciones normativas como la tutela, la curatela, la guarda o la figura del defensor judicial.