Fijaremos nuestra mirada en aquellos razonamientos de la CIJ que
han permitido comprender y hacer evolucionar el fenómeno de las OOII
a lo largo del tiempo, permitiendo ofrecer una visión de las mismas acorde
con la realidad presente. Y, para ello, analizaré dicha jurisprudencia
y su evolución girando alrededor de los ejes que el profesor Alejandro
J. Rodríguez Carrión delineó en su manual 2, aspectos que permitirán
ofrecer una visión de la jurisprudencia, así como de su contribución
para determinar los elementos de lo que debe ser una OI y de cómo ha
de funcionar la misma. Esos grandes apartados serían los siguientes: 1)
la subjetividad internacional de las OOII; 2) los elementos constitutivos
de las OOII, categoría que a su vez subdividiremos en: i) los miembros;
ii) la estructura orgánica; iii) el proceso de adopción de decisiones; iv) los
agentes, y v) la financiación, y 3) para finalizar, analizaremos el estatuto jurídico de las OOII, fijando nuestra atención en algunos ámbitos concretos
donde la CIJ ha realizado avances sustanciales.