Desde hace años el Derecho penal, tradicional reducto intocable de soberanía nacional, ha entrado a formar parte de las competencias de la Unión. Hoy día, por lo tanto, no puede entenderse correctamente la política criminal de un
determinado país sin atender al trasfondo internacional, por lo que interesa atender a la
poco atendida política criminal comunitaria. Ésta se está traduciendo, según mi opinión,
en normas, normalmente directivas, que obligan a los 28 estados miembros a adaptar su
legislación usualmente en la línea de un mayor rigor de las sanciones.