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dc.contributor.authorYbáñez-Worboys, María del Pilar 
dc.date.accessioned2015-04-24T09:00:53Z
dc.date.available2015-04-24T09:00:53Z
dc.date.issued2004
dc.identifier.citationBaetica 26, 2004, p.389-405.es_ES
dc.identifier.issn0212-5099
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10630/9686
dc.description.abstractCualquier transacción pública o privada era necesaria realizarla ante un fedatario cualificado para que la misma adquiriera la validez imprescindible en el campo del derecho. De ahí, la importante labor que van a desempeñar dichos funcionarios en la vida de las ciudades. Los vecinos han de dirigirse únicamente a los escribanos públicos del número para llevar a cabo sus negocios o dejar estipulada su voluntad frente a las situaciones vitales que se les presentan, pues necesitan la rúbrica notarial para su vigencia legal.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherFacultad de Filosofía y Letras. Universidad de Málaga.es_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.subjectNotarios - Málaga - S. XVIes_ES
dc.subject.otherEscribano Públicoes_ES
dc.titleLas escribanías públicas del número en Málaga durante la etapa carolinaes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees_ES
dc.centroFacultad de Filosofía y Letrases_ES


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