La introducción de información de inteligencia en el proceso penal de modo directo por los agentes policiales que la elaboraron, quienes comparecen como expertos en el juicio, supone una inversión de las reglas probatorias y del método judicial basado en el contradictorio. La pericia de inteligencia ha surgido en los macroprocesos por delitos de terrorismo con voluntad de expansión. Precisamente porque los tipos de pertenencia y colaboración con organización terrorista –un concepto que se ha deslizado por la pendiente de la imprecisión hasta capturar las diversas formas de disidencia- parecen demandar información sobre actitudes, biografías y subjetividades. La inteligencia no es solo información, es un dispositivo tejido de relaciones de poder y ciertos tipos de saber, que se condicionan mutuamente. Un conocimiento que procede de la cultura de la guerra elaborado para facilitar la toma de decisión. Que opera en el secreto y la sospecha, un conocimiento prospectivo incompatible con la cultura de la jurisdicción y con los requerimientos que a la construcción del hecho impone el estado de derecho.